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SANITARIOS TARAGUI

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jueves, 25 de junio de 2020

SOLICITAMOS RESTABLEZCA EL SERVICIO DE JUSTICIA EN SU TOTALIDAD

De nuestra mayor consideración, los abajo firmantes, PROFESIONALES AUXILIARES DEL SISTEMA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES, DEPENDIENTES DEL BUEN FUNCIONAMIENTO DEL PODER JUDICIAL, que juramos defender las declaraciones, derechos y garantías que se encuentran en nuestras Constituciones de la Nación y de la Provincia, como así también las leyes que en su consecuencia se dicten, nos dirigirnos a Vuestra Excelencia y como mejor proceda, decimos: 

Que en consideración al estado de PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS); y LA “EMERGENCIA SANITARIA” dispuesta por el P.E.N. por Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020; como así también el “AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” dispuesto por las sucesivas disposiciones del Poder ejecutivo Nacional y Provincial, a las que se fue adhiriendo sucesivamente el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco, a través de Resoluciones que fueran implementadas para atenuar el impacto de la propagación del COVID19 - coronavirus, que afectan a la población, y actualmente extendido por decreto provincial 732/20 hasta el día 28 de Junio del corriente año 2020, inclusive.

Que observamos el acrecentamiento de palpables graves problemas de convivencia social y de subsistencia de los profesionales auxiliares de justicia, por la prolongada 2 paralización del servicio esencial que imparte el PODER JUDICIAL DEL CHACO, a pesar de conservar su inviolabilidad funcional e independencia frente a los otros poderes del Estado (conforme lo manda el Art. 151 de nuestra Constitución Provincial). 

Que los Abogados que vivimos y subsistimos de prestar nuestro servicio profesional (algunos como único recurso), nos encontramos preparados para trabajar a través de las plataformas digitales tecnológicas del servicio IN.DI. (Ingreso Digital de Escritos) y/o SIGI; atendemos a nuestros clientes por medios virtuales (mensajería de whatsapp y videollamadas), evitando el contacto y sus traslados a las oficinas y la circulación por la ciudad; y comprendimos la mecánica de solicitudes de turnos, para cuando necesitamos de manera excepcional e imprescindible ver expedientes y documentales, que se encuentran en estrados de los edificios de los juzgados. 

Que en función de lo expuesto, las sucesivas resoluciones del STJCh, a vuestro cargo, en tanto y en cuanto han dispuesto la suspensión de términos y audiencias, paralizando el servicio esencial que debe brindarse desde el Poder Judicial, no sólo imposibilita llevar a los ciudadanos, que nos confían sus intereses, una respuestas adecuada en tiempo razonable, sino que lesionan nuestro derecho constitucional a ejercer profesión lícita para procurarnos una digna subsistencia. 

Que estando demostrado, por la gran cantidad de quejas y notas presentadas desde el sector privado (auxiliares de justicia, no asalariados) que el servicio no puede funcionar solo bajo un reducido esquema de urgencias, y que debe ser restablecido funcionando correctamente en su totalidad; es que consideramos, que corresponde rever la actitud y garantizar a los justiciables, no solo el derecho a ser oídos, sino el acceso al servicio de justicia adecuado, que provea respuestas en tiempo razonable. 

Todo ello sin poner a Magistrados, Funcionarios y Empleados Judiciales en mayores riesgos de los que asume cualquier trabajador (público o privado, como son los médicos, enfermeros, bomberos, empleados de comercio, delivery, periodistas, comunicadores en general). Que se tenga especial consideración para resolver nuestra petición, la URGENCIA, pues la realidad de los suscriptos es que tenemos como único medio de subsistencia, la 3 retribución que se nos reconoce en conceptos de honorarios por nuestra labor profesional, constituyendo la misma un indiscutido y exclusivo carácter alimentario.

Que por todo ello insistimos una vez más, se pongan a funcionar todos los mecanismos de comunicación virtuales (correspondencia electrónica y telefonía celular inteligente, que permiten la comunicación, a través de Whatsapp, vídeos, audios y videollamadas), entre los profesionales auxiliares de justicia y los empleados que se encuentran en relación de dependencia en los tribunales (en mesas de entradas, proveyentes, secretarios, magistrados) o quienes cumplan funciones a través del sistema de teletrabajo, que sean de uso obligatorio, para evitar la concurrencia, desplazamiento o acumulación de los auxiliares de justicia (abogados y peritos).

A los estrados de los Tribunales. Para lo cual resulta necesario la adecuada reasignación de recursos económicos con los que cuenta el P.J., destinados en inversión en tecnología y sistemas digitales accesibles para que los empleados trabajen remotamente, sin ponerse en riesgo en los edificios de tribunales. 

Que ordene e instruya a las respectivas Secretarias de trámite y relatores a que utilicen formatos de Decretos anticipatorios y saneadores, interpretando en tanto sea posible, el sentido del escrito digital que se provea, para el adecuado impulsando de los procesos hacia su resolución definitiva, adosando siempre un teléfono celular de contacto, que permitan el canal adecuado de comunicación para requerir aclaraciones respectivas.

Que comprendemos que esta situación de Grave crisis de Salubridad y económica nos necesita unidos interactuando y trabajando a través de los medios tecnológicos a nuestro alcance, tanto a profesionales, gremios, empleados, funcionarios, autoridades judiciales, y cada uno de los auxiliares de justicia (que somos más de 3000 no asalariados, pero dependientes del servicio esencial que presta el Poder Judicial, en esta jurisdicción), para que tomando las medidas de protección para evitar contagios, se garantice en la coyuntura la prestación de un razonable servicio de justicia, haciendo uso de la toda la tecnología disponible y a nuestro alcance, evitando prolongar la paralización del servicio, pues de lo contrario los daños colaterales podrían significar detonantes de mayores conflictos que quebrantarían la paz social, situación que a todos nos compete evitar.-

Que por todo ello, REQUERIMOS: 

1) QUE SE SIRVAN AJUSTAR Y/O REVER Y/O ESPECIFICAR EL CRITERIO QUE DEBEN ASUMIR LOS DISTINTOS TRIBUNALES QUE DIFIEREN EN EL MODO EN QUE INTERPRETAN SI LAS PRETENSIONES ENCUADRAN O NO, DENTRO DEL DENOMINADO SERVICIO DE JUSTICIA DE EMERGENCIA IMPUESTOS POR LAS RESOLUCIONES Res. 262/20, 336/20 y CONCORDANTES DEL ALTO CUERPO (QUE SE AMPLÍE LA ATENCIÓN A TODO TIPO DE CUESTIONES JUDICIALIZADAS); 

2) QUE SE HONRE EL JURAMENTO DE DEFENDER LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y PROVINCIAL, LOS TRATADOS INTERNACIONALES CON JERARQUÍA CONSTITUCIONAL ( 75 inc. 22 y conc. de la Constitución Nacional y Tratados con rango de tal).

Y LAS DEMÁS LEYES DE LA NACIÓN QUE EN SU CONSECUENCIA SE DICTEN, EVITANDO QUE SE CONTINÚE INCREMENTANDO EL MALESTAR SOCIAL Y DE LOS PROFESIONALES DEL DERECHO POR LA DEMORADA RESPUESTA DEL SISTEMA DE JUSTICIA; 

3) QUE RESTABLEZCAN INMEDIATAMENTE EL SERVICIO DE JUSTICIA, REANUDANDO LOS TÉRMINOS Y AUDIENCIAS, CON ESTRICTA APLICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE SALUBRIDAD Y LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN QUE ACTUALMENTE UTILIZAN ALGUNOS TRIBUNALES CON ÉXITO EN LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS DE TRÁMITE, PRELIMINARES Y/O VISTAS DE CAUSAS, ETC. 

4) QUE SE ORDENE A TODOS LOS TRIBUNALES INFERIORES, QUE ATIENDA A TODAS LAS PETICIONES QUE FORMULAMOS EN REPRESENTACIÓN DE LOS JUSTICIABLES, POR ORDEN CRONOLÓGICO DE INGRESO DE LAS MISMAS, EN LA DIVERSIDAD DE PROCESOS EN TRÁMITES Y A INICIARSE, EN TODOS LOS FUEROS, EVITANDO DISPARIDAD DE CRITERIOS ENTRE LOS MISMOS.- 

5) QUE SE GENEREN LOS CANALES DE DIÁLOGOS ENTRE LOS ABOGADOS LITIGANTES Y DEMÁS AUXILIARES DE LA JUSTICIA, A CUYO FIN INSTAMOS A 5 LA FIJACIÓN DE UNA REUNIÓN EN DONDE A TRAVÉS DE DOS REPRESENTANTES DESIGNADOS A TAL FIN POR QUIENES SUSCRIBEN, SE PUEDAN ENTABLAR CONVERSACIONES CON LOS SECTORES SINDICALES, ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS Y DEMÁS ASOCIACIONES DE PROFESIONALES QUE DESEEN SUMARSE, TENDIENTES A OBSERVAR LOS PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD ESTABLECIDOS.

DE MANERA DE CONSEGUIR INMEDIATO RESTABLECIMIENTO TOTAL DEL SERVICIO DE JUSTICIA.- SIN OTRO PARTICULAR, PONIÉNDONOS A DISPOSICIÓN PARA CONSTRUIR EL DIÁLOGO SOCIAL NECESARIO PARA ATRAVESAR ESTA COYUNTURA DE EMERGENCIA, LA SALUDAMOS CON LA DEFERENCIA QUE LE CORRESPONDE. 

Firman: 1. Edgardo Daniel Paniagua, abogado, M.P. 4206 - estudiopaniagualana@gmail.com 2. Diego Sebastián Sánchez de la Vega, MP 4316 – diegosanchezdelavega@gmail.com 3. Claudia Andrés - Abogado M. P. 4089 - andresclaudia1970@gmail.com 4. GRONDA, M. ELIZABETH Mat. 1651 licigronda@hotmail.com 5. Gustavo Angel Ferreyra MP 3737 6. Celeste Segovia – MP 4475 - celesteluzmarina@gmail.com 7. Marcelo Gonzalez – MP 5567 marceloandres105@hotmail.com 8. Patricia Rita Gómez M.P. 7386 S.T.J.Ch. prg.noumeno@gmail.com 9. Natalia González MP6169 natsolgon@hotmail.com 10. José Enrique Bonfanti, M.P. 2262, josebonfanti1@gmail.com 11. Carlos Guillermo Varas, M.P. 1713, dr.carlos.varas@gmail.com 12. Silvia Alejandra Ledesma MP 8613. Draledesmasilvia@hotmail.com 

13. Claudio Daniel Marín, MP claudiodanielmarin@gmail.com 14. Acebal Karina Andrea MP 8160 Dra.acebalk@gmail.com 15. Daniel Alejandro Fischer MP 3909 estudiojuridicofischer@gmail.com 16. Nathia Judkevich, MP 5871, nathiamj@hotmail.com 17. Carla F. Iturralde M.P. 7224 Carla_iturralde28@hotmail.com 18. REYNOSO R. Soledad Mp 6193 soledad-rsr@hotmail.com 19. Dario Javier Testi MP 4792 dariotesti@hotmail.com 20. Lionel Alejandro Arrudi. MP 7950. Mail: lioarrudi@gmail.com 21. Agostina Victoria Rolfi MP. 8511 agostinavictoriarolfi@gmail.com 6 22. Alejandro Manuel Varela MP 4453 alevar71@yahoo.com 23. Antonio Victor Rodríguez MP 7613 victorant_xx@hotmail.com 24. Veronica Mayer Piragine MP 2431 25. Fernando Campias MP 5682 fernandocampias@hotmail.com 

26. Humberto José Guarino MP 1681 Humbertoguarino@gmail.com 27. María E. Duarte MP 6820 Mariaevaguarino07@gmail.com 28. Gonzalo M. Alonso MP 5733. gonzaloma33@hotmail.com 29. Andrea Veronica Lana MP 4028 dra.andrea.v.lana@gmail.com 30. Paola Gisella Gotusso MP 8651 paolagotusso@gmail.com 31. Walter Osvaldo Ojeda MP 5889 correo walterojeda27@hormail.com.ar 32. Edmundo Manuel González MP 4669 manuelgonzalezjuridico@hotmail.com 33. Ana Lidia Rouvier MP 8011 rouvierana@gmail.com 34. Ricardo Marimón MP ricardomarimon@yahoo.com.ar 35. Lenain Acosta, Hugo I. A. M.P. 4575 lenainacostahugo@hotmail.com 36. Evelyn Salvatore MP N°8457 evelynsalvatore831@gmail.com 

37. Rodolfo Fischer MP 5916 drfischerrodolfo@live.com 38. Martin Gustavo Gomez MP 5324 martingz355@hotmail.com 39. Verónica Melgarejo MP 4962 vero_melgarejoabogada@hotmail.com 40. Marcela Alejandra Bernardis MP 3465 Dra.bernardis@gmail.com 41. Gabriela Pérez, MP 3894 Gabrielaperez41@gmail.com 42. Cinthia Falcón MP 7705 Cinthiafalcon@hotmail.com 43. Antonella Lucca MP 8321 antonella.lucca15@gmail.com 

44. Maria Graciela Magaldi M.P 8292 correo: mariagracielamagaldi@gmail.com 45. Villarino, Leonardo Ariel. Mat.Prof.: 8105 dr.leonardovillarino@gmail.com 46. Enrique Luis Alberto Rodríguez MP 2263 47. Ana Mirna Bohn MP 7069 48. Carlos Felipe Schwartz, M.P. 4050, felipeschwartz@hotmail.com 49. Hugo Elias Zenon M.P. 4666 hugoezenon@hotmail.com 50. Oviedo Liliana Carolina - mp 8230 - carolinaoviedo034@gmail.com 51. BARRIENTOS NILDA BEATRIZ - Matrícula 6286 52. Monica Mariela De Feö. MP 8197. Mail monmardef@hotmail.com 53. Sonia Gabriela Sosa MP 6605 54. Lopez Elias Samuel MP 6355, eliassl.dr@gmail.com 55. Cabaña Gastón Mat Prof 7106 asesorías-legales@hotmail.com 

56. ROMERO ANGÉLICA MARGOT MP 6779 juridicaromero@hotmail.com 57. Natalia Hernando MP 7088 58. Aguirre Israel MP 5372 israel.aguirre@yahoo.com.ar 59. María Natalia Barreto MP 5453 nataliabarreto2017@outlook.com 60. Estefania Giselle Ledesma MP 8861 ledesma.g.estefania@gmail.com 61. Duarte Alba Belkis MP 8495, analuz260@hotmail.com 7 62. Leandro Ramírez MP 6537 63. Maria Silvia Barreto, M.P. 3412 STJCH 64. Dorrego, Jacquelina Cinthia Mat. Prof. 8616 Jcdorrego@gmail.com 

65. Atilio Federico Bobis Piccilli, M.P.6380 66. Javier Sebastián Dumrauf, M.P. 4480 67. Brenda Evelyn Feldmann, M.P. N°7329 68. Lelia Gómez, M.P. Nº637 69. Ricardo Augusto Frencia M.P. Nº1163 70. Marta Alicia de la Vega, MP N°835 71. Mauro Alejandro Piceda M.P. 8059 72. Pablo Atilio Pascuzzi, M.P.9000 73. Duilio Jorge Ramírez, M.P. 3389, duiliojorgeramirez@yahoo.com.ar 74. León Telma Andrea, M.P. 8645, delandrea031@gmail.com 75. Mónica Stride, M.P. 2201 76. Estela Luisa Medina de Codutti, M.P. stellamedina@hotmail.com 

Y SIGUEN MÁS FIRMAS.- ATENTAMENTE.-

miércoles, 24 de junio de 2020

Jueces del STJ se reunieron con el Consejo de Abogados de Resistencia

La presidente del Superior Tribunal de Justicia, Iride Isabel María Grillo, junto a los jueces Rolando Toledo y Emilia Valle, realizaron una reunión virtual, vía webex, con el Consejo de Abogados de la Primera Circunscripción judicial.

Por parte del Consejo de Abogados, participaron su presidente, Ricardo Urturi, su vicepresidenta, Elisa Fernández Asselle y el secretario, Miguel Vigier.

En la reunión, principalmente, se trataron temas como; la elección de los representantes de los abogados y las abogadas ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento, así como también respecto del funcionamiento del servicio judicial de emergencia durante la pandemia.-

domingo, 7 de junio de 2020

El STJ dispuso cierre preventivo de la Dirección General de Personal ante posible caso de coronavirus

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) tomó conocimiento hoy de la existencia de un posible caso de coronavirus de un agente de la Dirección General de Personal.

En consecuencia y además de realizarse la desinfección en el día de hoy, la presidenta Iride Isabel María Grillo dispuso, por Resolución Ad-Referendum del Cuerpo, el cierre de la Dirección General de Personal, a partir de mañana lunes 8 de junio, y el aislamiento preventivo de los agentes que hayan prestado funciones en dicho organismo hasta tanto se determine el resultado del hisopado del trabajador.

Asimismo, instó a los agentes a realizar la autoevaluación en https://covid.chaco.gob.ar y, en el caso de presentar síntomas compatibles con Coronavirus, comunicarse al 0800-444-0829 e informar a la Secretaría de Superintendencia.-

jueves, 20 de febrero de 2020

Asunción de Iride Grillo al frente del STJ: “Respaldamos todas las acciones que garanticen independencia y calidad institucional de los poderes”, subrayó Sager

“La presencia de la Legislatura aquí garantiza la independencia de poderes, fundamentalmente el Judicial, para que el conjunto de la sociedad sepa que trabajaremos en forma mancomunada en la búsqueda del bien común”.

Así lo dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Hugo Sager al participar este jueves del acto de juramento de la ministra Iride Isabel María Grillo, quien presidirá el Superior Tribunal de Justicia (STJ) durante este año.

Acompañaron la ceremonia, la vicegobernadora Analía Rach Quiroga, los integrantes del Alto Cuerpo judicial María Emilia Valle, Rolando Toledo y Mario Modi, el procurador general Jorge Canteros y la defensora general adjunta Gisela Gauna Wirz. 

Por parte de la Legislatura, estuvieron presentes los diputados Liliana Spoljaric, Jessica Ayala, Juan Carlos Ayala, Carmen Delgado de Britto, Carina Batalla, Gladis Cristaldo y Nicolás Slimel.


“La Justicia es un servicio indelegable del Estado y desde la Legislatura respaldamos todas las acciones que garanticen independencia y calidad institucional de los poderes”, resaltó Sager.

Asimismo, el diputado reivindicó la memoria de quien fuera presidenta del STJ hasta hace pocos días: “Es un momento muy especial. María Luisa Lucas se ha destacado como una persona que ha marcado a la Justicia chaqueña”. 

Por otra parte, destacó el proceso de elección por concurso de antecedentes y oposición para instituir a los presidentes del STJ, ya que a través de ese mecanismo accedieron al máximo escalón del Poder Judicial de la provincia las juezas Grillo y Valle. 

De esta manera, el legislador expresó deseos de buena gestión a la flamante presidenta del Superior Tribunal de Justicia y remarcó: “Esperamos trabajar en forma conjunta en busca del bien común de nuestro pueblo, a través de herramientas legislativas que aporten calidad y sistemas rápidos de resolución judicial”.-

martes, 13 de agosto de 2019

Puerto Tirol: concurso para secretarios del Juzgado de Paz y Faltas

Inscripciones hasta el 21 de agosto.

Hasta el 21 de agosto está vigente la inscripción del concurso abierto de oposición y antecedentes para cubrir dos cargos de secretario del juzgado de Paz y Faltas de Primera Categoría Especial con carácter Letrado de Puerto Tirol.

Quienes estén interesados en participar deberán ser abogados o escribanos, residir en Chaco y contar con un año de antigüedad desde la finalización de los estudios universitarios correspondientes. Y deberán inscribirse en la Secretaría de Superintendencia a través de Mesa de Entradas del Superior Tribunal de Justicia.

Para participar tendrán que presentar una nota con el pedido de inscripción a la que adjuntarán: currículum vitae (con fotocopias simples de cursos, congresos, certificados, etcétera que acrediten lo expuesto); fotocopias de DNI y del título de abogado o escribano (expedido por Universidad Nacional o revalidado en el país, registrando una antigüedad mínima de un año desde su finalización).

Además de constancia de buena salud; certificados de domicilio y de conducta expedidos por la policía provincial y declaración jurada manifestando que no se encuentra dentro de la prohibición del Art. 21 de la Ley Orgánica de Justicia de Paz.

Los empleados judiciales, que reúnan los requisitos previamente descritos, únicamente deberán solicitar su inscripción mediante nota, indicar correo electrónico, adjuntar fotocopia de título y la declaración jurada. 

Será de su exclusiva responsabilidad el mantenimiento actualizado del legajo personal y no se aceptarán reclamos el día de la entrevista.

Novedades

El programa de examen está a disposición de los interesados en las bibliotecas del Superior Tribunal de Justicia de las delegaciones de Pres. Roque Sáenz Peña, Villa Ángela, Charata, San Martín y J. J. Castelli; y en el sitio www.justiciachaco.gov.ar

Oportunamente se dará a conocer la conformación de la mesa examinadora con la fecha y el lugar de examen.

De la nómina de postulantes que accedan a la instancia final, podrán ser cubiertas futuras vacantes que se produzcan en el mismo cargo por el período de un año a partir de la resolución de designación que recaiga en la presente convocatoria, de conformidad a las necesidades del servicio y según lo dispuesto por Resolución Nº 1267/15.

Las novedades que se produzcan serán publicadas en la web del Poder Judicial por lo que los aspirantes deberán consultar periódicamente, sin perjuicio de que pueda utilizarse alternativamente otras formas de notificaciones.-

FUENTE: Prensa Superior Tribunal de Justicia

martes, 9 de agosto de 2016

Comunicado del juzgado civil, comercial y laboral de Castelli.

El juez civil, comercial y laboral de Castelli, Emilio Haiquel explicó que “en fecha 5 de agosto del presente año he ordenado la suspensión del trámite de los autos caratulados: 

‘Provincia del Chaco contra Luis y Manuel Roseo (fallecidos) y/o sus herederos sobre expropiación’ (expediente Nº 515/13- JC), la que alcanza también a la toma de posesión ordenada en fecha 18 de noviembre de 2015”. 

“Señalo que la suma (provisoria) requerida en dicha resolución a los fines de la toma de posesión fue efectivizada el 14 de julio de 2016”. 

“Dicha suspensión fue ordenada teniendo en cuenta la estrecha vinculación del expediente mencionado y que se encuentra en trámite por ante el juzgado a mi cargo, y los autos caratulados: ‘Roseo Cuellar, Lucía Manuela; Cuellar, Nélida Eva sobre acción de inconstitucionalidad’ –expediente Nº 14/14- (en el cual se perseguía la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 6928, 6929 y 5994) y "Roseo Cuellar, Lucía Manuela; Cuellar, Nélida Eva en representación de su hijo menor sobre acción de inconstitucionalidad" -expediente Nª 39/14.

(En el cual los actores intentan obtener la declaración de inconstitucionalidad de la ley provincial 7317 y el decreto del Poder Ejecutivo 2747/13), y adhiriéndome a los fundamentos dados para suspender el llamado de autos para sentencia en este último por la doctora Iride Isabel María Grillo, presidenta subrogante del Superior Tribunal de Justicia, dado que el inmueble expropiado por ley 6928 y transferido al Estado Nacional por Ley 7317 es el mismo del juicio de expropiación que se lleva adelante ante el juzgado a mi cargo”. 

“También he tenido en cuenta las circunstancias especiales que rodean al caso: el doble estado de vulnerabilidad del menor Emanuel Roseo Cuellar (por ser menor y sufrir de melomeningocele); que los intereses ambientales se encuentran debidamente resguardados conforme sentencia dictada en los autos caratulados: 

"Provincia del Chaco contra Kniz, Eduardo administrador judicial e/a: Roseo Manuel sobre juicio sucesorio ab-intestato sobre acción de amparo" (expediente 283/14-JC) y que el proseguir con el trámite de la causa sin tomar en consideración la vinculación de la misma con las mencionadas más arriba podría generar situaciones de hecho quizás irreparables y resultados disvaliosos para ambas partes”. 

FUENTE: Prensa Superior Tribunal de Justicia.

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