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SANITARIOS TARAGUI

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lunes, 6 de diciembre de 2021

Padres denuncian que habría "Asociación Ilícita" de la jueza Varela y su secretaria Sandra Barros

Padres autoconvoados que buscan la revinculacón con sus hijos remitieron a la redacción de Infoqom esta denuncia donde revelarían una amistad entre Dra. Sandra Barros, secretaria de la Dra. Laura Varela, (jueza del Menor de Edad y Familia Nº 5) y una abogada que tiene causas en ese juzgado, en desmedro de otros profesionales que tramitan causas en la misma dependencia.
La nota dice textualmente:

"Venimos por este medio a realizar denuncia pública donde se demuestra la corrupción de la Dra. Laura Varela y la secretaria Dra. Sandra Barros a cargo del Juzgado del Menor de Edad y la Familia N 5 donde se han detectado hasta la fecha 32 expedientes donde interviene la Dra. María Julia Piedrabuena, matricula profesional 4110, la cual es amiga personal de la secretaria del juzgado Dra. Sandra Barros, circunstancia que no puede desconocer la Dra. Varela.

La ley prohíbe esto, establece que tanto los magistrados y secretarios se regirá por las normas establecidas en el Código Procesal Civil y Comercial y de Familia establecen que el Juez y/o secretario que mantenga con alguna de las partes integrantes del proceso una amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia de trato debe apartarse de las causas, lo que no sucede en estas causas 32 causas que se encuentran en trámite (Expte. Nº 3798/21, 1288/20, 1806/21, 1365/16, 2247/12, 1819/20, 3092/18, 5858/19, 3396/20, 1610/21, 3428/18, 5543/11, 3023/18, 4272/21, 3474/20, 7044/16, 2929/18 , 1478/20 , 3048/18 , 414/21,7995/19 , 1752/20, 5072/18, 1088/21, 6622/18, 1561/14, 4690/15, 2088/20 , 5927/19 , 5609/19 , 2803/18 y 1/21) expedientes que tienen tratamientos express, siempre y cuando que las mamás o papás pongan la platita.

Adjuntamos fotos de la relación de amistad entre la secretaria del juzgado y una abogada, lo cual la juez no tiene que desconocer y esto la convierte en cómplice e incurre en mal desempeño en sus funciones por lo cual debe renunciar a su cargo y retirar las denuncias falsas que ha realizado a padres inocentes intentando imponer miedo a los mismos, por lo cual solicitamos a las autoridades del poder ejecutivo, legislativo y judicial que tomen cartas en el asunto y pedimos que la Secretaria de Derechos Humanos del Chaco intervenga, como así también a la comisión de derechos humanos de poder legislativo y que tomen medidas correspondientes para defender al papa que está siendo acusado y que quiere detener esta jueza y sus cómplices.-

lunes, 29 de noviembre de 2021

Cautelar suspende concurso para cubrir vacantes de Juez de Cámara por “presuntos vínculos” entre concursantes y Tribunal Examinador

Una medida cautelar del Juzgado Civil y Comercial N° 6, a cargo de Jorge Mladen Sinkovich, suspendió el trámite de concurso de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de jueces de la Cámara Criminal 1° y 3°.

La decisión judicial se da luego de un amparo interpuesto por una de las participantes del concurso y la cautelar de no innovar fue decretada mientras se define la cuestión de fondo. 

El conflicto se desató por una publicación de Facebook.

En particular, la presentación judicial la hizo Patricia Cristina Passarino, quien se inscribió para participar por el cargo.

La situación conflictiva tiene su origen en septiembre de este año, pero es necesario primero remontarse al 29 de marzo del 2018, fecha en la que se cerró la inscripción para el concurso en cuestión con los siguientes inscriptos: 1. Aleksich, Patricia; 2. Altamiranda, Celia; 3. Baldovino, Yamila. 4. Cáceres Olivera, Jorge; 5. Dansey, Julieta; 6. García Lourdes; 7. Passarino, Patricia; 8. Puppo, Liliana; y 9. Sandoval, Héctor.

A su vez, el Tribunal Examinador quedó conformado por los titulares Wilmer Carrara, María Virgina Ise y Marco Antonio Morelo, mientras que los suplentes designados fueron Godofredo Héctor Pérez Dudik, Dolly Roxana de los Ángeles Fernández y Sergio Omar Martínez.

Los procesos del concurso avanzaron con normalidad y el 26 de julio se realizó el examen escrito.

Pero el 7 de septiembre de este año, Passarino vio una publicación en Facebook que había sido realizada el dos de ese mes “destacando una situación escandalosa que habría ocurrido dentro del Consejo de la Magistratura de esta provincia en el marco del desarrollo del concurso y que daba cuenta de que miembros del Tribunal examinador tendrían vínculos de amistad laborales y de parentesco con determinados concursantes”, según relata el fallo de Sinkovich.

En esa publicación justamente se referían a supuestos parentescos y amistades entre concursantes y jurados. El fallo lo relata así: “Según indica la publicación referida, la concursante Altamiranda, Celia sería suegra de Marco Antonio Molero -miembro del Tribunal Examinador-; el concursante Cáceres Olivera, Jorge es hermano del Fiscal de Cámara N° 3 -Cáceres Olivera, Sergio- que sería íntimo amigo de Virginia Ise -miembro del Tribunal Examinador-; la concursante Dansey, Julieta -según publicación- sería íntima amiga de Virgina Ise y la concursante Puppo, Liliana -secretaria Letrada de la Cámara Tercera en lo Criminal de la Provincia del Chaco-, donde uno de los Miembros del Tribunal Examinador reviste el carácter de juez, la Dra. Virgina Ise”.

Ante eso, el 8 de septiembre Passarino presentó un escrito de nulidad de los exámenes “respecto de los concursantes involucrados en los presuntos vínculos con los miembros del Tribunal Examinador”. Fue votado en disidencia por el órgano evaluador.

Posteriormente interpuso una impugnación a los dictámenes de Ise y Molero sobre los exámenes orales y escritos de Altamiranda y Cáceres Olivera, y sobre los escritos de Puppo, Sandoval y Baldovino, solicitando la nulidad de los mismos y la exclusión del concurso. El Consejo de la Magistratura desestimó el planteo.

Passarino entonces se presentó en el Juzgado Civil y Comercial N° 6 y pidió la medida cautelar para suspender así el concurso y todas las decisiones que se dictaron.

La concursante consideró que lo resuelto por el Consejo de la Magistratura contra sus planteos era “un acto viciado de incompetencia, ausente de fundamentación y violatorio de derechos constitucionales”.

Con todo esto, el juez Sinkovich señaló que “las circunstancias puntualizadas me llevan a acceder a la medida cautelar pretendida”. 

Por eso, resolvió decretar la medida cautelar y suspender el trámite del concurso de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de jueces de Cámara Criminal N° 1 y 3 de Resistencia, y suspender todas las decisiones que en su consecuencia se dictaron.

Ambas cuestiones son hasta que se dice sentencia definitiva en la acción principal, es decir el amparo.-

viernes, 26 de noviembre de 2021

Marcha atrás al acuerdo de las partes: Sergio Alila deberá afrontar juicio por jurados

En un comunicado de prensa desde el poder judicial dieron a conocer que el juicio abreviado acordado quedó sin efecto por incumplimientos de parte de la defensa, y finalmente el acusado de abuso sexual Sergio Alila deberá ir a juicio popular.

"El día 25 de noviembre, se llevó a cabo en sede de la Cámara Primera en lo Criminal de esta ciudad, una audiencia preliminar según lo previsto en el art. 23 de la Ley de Juicio por Jurados de la Provincia del Chaco Nº 2364-B, en la causa Nº 9950/2020-1, caratulada: "Alila, Sergio Osvaldo; Cabral, Ángel David s/ Abuso Sexual Con Acceso Carnal". 

En la misma, el Fiscal de Cámara del Crimen Nº 3, Dr. Sergio Ramiro Cáceres Olivera y el querellante particular (representante de la víctima) Dr. Germán Alexis Dellamea, plantearon junto al imputado Sergio Osvaldo Alila y a su defensor particular Dr. Miguel Ángel Barceló, la posibilidad de someter la causa a un Juicio Abreviado con un cambio de calificación de los hechos, en el que el encartado reconocía su autoría en los mismos. 

Basaron su petición principalmente en la voluntad de la víctima, quien en reiteradas oportunidades ha manifestado no desear exponerse ante un juicio con jurado popular para la resolución de la causa y en su necesidad imperiosa de terminar cuanto antes con la misma, en razón de la constante exposición mediática a la que se vio expuesta".

Agrega el parte: "Al ser interrogada en la audiencia, expresó su total conformidad con el acuerdo presentado y ante la pregunta efectuada por quien suscribe sobre su pretensión por parte del sistema de justicia, contestó: "terminar ya con la causa y que se resuelva del modo que plantearon". 

En razón de ello y reitero, respetando principalmente su voluntad y su negativa a ser revictimizada en un juicio, se acordó la posibilidad de resolver la causa del modo planteado, acordando las partes la pena de tres (3) años de prisión efectiva para Alila, con la posibilidad de obtener una prisión domiciliaria en caso de obtenerse una pulsera electrónica. 

Ello, con motivo de un problema de salud mental que posee el imputado y que según la junta médica efectuada en fecha 16/11/2021 "no amerita su internación al momento", pero requiere un seguimiento en su tratamiento por parte de un equipo del área de Salud Mental del Hospital "Dr. Julio C. Perrando", que debe asistir asiduamente al lugar de detención donde el mismo se encuentra alojado".

En la audiencia de referencia "se plantearon medidas y se formularon acuerdos para la procedencia del Juicio Abreviado, algunos de los cuales no fueron respetados, lo cual motivó el pedido del Fiscal de Cámara de fijar una nueva audiencia, que se llevó a cabo el 26/11/2021, en la que se planteó un cambio en la postura de la víctima, quien expresó su deseo de avanzar con el trámite del juicio".

Ante ello, "tanto la Fiscalía como la querella peticionaron se deje sin efecto lo convenido el día anterior, lo cual motivó que no se pudiera continuar con el trámite del Juicio Abreviado, debiendo someterse la causa a lo estipulado en la ley, esto es, el juicio por jurados, comprometiéndose las partes a adoptar medidas de protección y acompañamiento a la víctima".-

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