lunes, 2 de junio de 2025

Dolor por la muerte de Enzo Pittau: la precaria Federación Chaqueña de Fútbol

Las fallas de seguridad en el estadio de Unión de Machagai complicaron la atención médica para el jugador. 

El reglamento exige ambulancia y personal médico presente.

El fútbol chaqueño atraviesa una de sus páginas más tristes, tras la muerte de Enzo Orlando Pittau. 

El delantero, de 35 años y gran trayectoria, falleció el domingo, en pleno partido, cuando se disputaban 41 minutos del primer tiempo en la revancha de la segunda fase, que enfrentó a Unión de Machagai y Don Orione.

La tragedia se desató durante una jugada del conjunto portuario, cuando Pittau disputó una pelota, que hasta entonces era inofensiva; sin embargo, se desplomó en el campo de juego, al borde del área grande, y ya no se levantó.

De ahí en más todo fue preocupación. Enzo quedó en el césped de la cancha, mientras un auto particular ingresaba para trasladarlo al centro médico más cercano, ya que no había ambulancia en el estadio y el personal de salud presente no estaba capacitado para accionar sobre tal circunstancia.

El parte médico final reflejó que el futbolista sufrió un paro cardiorrespiratorio en el estadio y otro de camino al hospital de Machagai. Mientras tanto, en las instalaciones de Unión, el árbitro del partido intentaba controlar la situación y buscar excusas para convalidar la ausencia de la ambulancia y el médico.

No hubo sombras, asomos o señales de representantes o veedores de la Federación Chaqueña de Fútbol, organismo responsable del partido y de ejercer que las reglas de seguridad se cumplan en el mismo. 

Demás está decir que las autoridades del ente todavía no hicieron su aparición ni emitieron, siquiera, un comunicado para acompañar al propio fútbol que ellos pretenden ¿organizar?.
El reglamento y sus carencias

El capítulo 5, en el punto 33, del reglamento redactado por la Federación Chaqueña de Fútbol, ordena que "La Federación Chaqueña de Fútbol designará para cada partido del certamen a un Representante" y detalla que "Si así no lo hiciera, el Presidente o Vicepresidente de la Liga local asumirá las funciones asignadas a aquél".

Renglones más abajo, el punto 34 codifica que "El Representante (veedor) tendrá amplias facultades para intervenir en todo lo concerniente a la organización del encuentro". 

No obstante, no había ambulancia; el representante de la Federación no observó esto y permitió el inicio del juego. ¿El árbitro tenía conocimiento de la falta del móvil de salud?.

Acerca de las responsabilidades del club local, en su capítulo 11 el documento oficial señala: "La organización de todo lo inherente al partido es responsabilidad del club que actúa como local". 

En esa línea, el punto B sostiene: "La adopción de medidas que, en caso de accidentes, permitan la atención del accidentado (primeros auxilios), tales como la presencia de personal médico, ambulancias, etc."

No hubo ambulancias ni personal médico capacitado para Enzo Pittau. Un auto particular (que intentan deslizar como vehículo autorizado) fue el que ingresó para trasladarlo al hospital. El responsable de la salud contaba con matrícula de auxiliar de enfermería, cuando el reglamento indica, en explícito, personal médico.

Para destacar también que la liga local, en este caso de la Liga Regional, tenía la responsabilidad de "Ejercer un control directo sobre lo determinado en los incisos del Punto anterior", explica el punto 53 del capítulo 11.
¿Y ahora qué sigue?

Siguiendo la línea de un reglamento en exceso precario, el punto 35 del capítulo quinto específica que "El Representante, indefectiblemente, deberá producir un informe personal, el que deberá ser entregado o remitido a la Federación Chaqueña de Fútbol dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de disputado el partido. 

El informe elevado por el representante será prueba más que suficiente para actuar en consecuencia, salvo que se arrimasen elementos probatorios que demuestren lo contrario".
¿Llegarán los auditores sorpresas?

Retomando unos puntos hacia atrás, el capítulo 7 advierte: "La Federación Chaqueña de Fútbol designará auditores (art. 53°, inc. a, del Reglamento General de A. F. A.) para actuar en cualesquiera de los partidos del certamen. Tal designación se efectuará en forma sorpresiva, sin previo aviso a las partes intervinientes".

Esto es, los inspectores sorpresas podrían caer en cualquier partido de cualquier etapa del campeonato y asumir toda la responsabilidad que, en teoría, debería haber tenido el representante o veedor de la Federación, que tendría que haber estado presente y designado en todos los partidos, aunque en este caso todavía no se conoció de su presencia.

A ciencia cierta, el partido no debió iniciar; estuvo en falta con todas las reglamentaciones básicas, expuso un precario reglamento y dejó mucho para replantearse en el fútbol chaqueño.-

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