jueves, 20 de noviembre de 2025

Inminente fallo del STJ definirá la legalidad del nuevo sistema de puntaje docente en el Chaco

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó el amparo contra el nuevo sistema de puntaje docente en condiciones de sentencia al declararlo “autos de puro derecho”. 

La medida cautelar para suspender la normativa ya había sido rechazada por mayoría. 

Dos juezas votaron en disidencia al advertir posible retroactividad y afectación del puntaje de la docente que impulsa la causa. 

El fallo definirá si el límite de un postítulo por año es válido y ajustado a derecho.

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco declaró que el expediente del amparo presentado contra el nuevo sistema de valoración de postítulos docentes —que limita a uno por año— ya está en condiciones de recibir sentencia. 

Así lo dispuso la presidenta del cuerpo, Emilia Valle, al declarar la causa como “autos de puro derecho”, lo que implica que el Tribunal resolverá sin necesidad de producir más pruebas y solo en base a las constancias del expediente.

En la resolución, se tuvo por presentada a la representante de la Provincia del Chaco y se dio por cumplido el informe requerido, dejando el caso listo para su decisión definitiva.

La docente que promovió el amparo había solicitado también una medida cautelar para suspender la aplicación del nuevo régimen de puntajes, lo que fue rechazado por mayoría el pasado 30 de octubre.

Los jueces Alberto Mario Modi, Víctor del Río y Enrique Varela entendieron que no se acreditó un perjuicio irreparable y recordaron que los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad. 

Además, consideraron que la validez del criterio que limita los postítulos deberá discutirse en el proceso principal.

“La actora puede inscribirse al concurso en tiempo y forma […] pues la reglamentación es general y se aplica uniformemente a todos los postulantes”, concluyeron, advirtiendo que conceder una cautelar individual podría generar un “trato preferencial” y afectar la igualdad ante la ley.
La disidencia

Las juezas Iride Grillo y Emilia Valle votaron en disidencia al entender que sí se daban los requisitos para otorgar la cautelar. 

Plantearon que limitar la valoración de postítulos a uno por año podría implicar una aplicación retroactiva sobre antecedentes ya adquiridos, contrariando principios de legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad.

También señalaron que el período de inscripción al concurso vencía al día siguiente de la resolución, lo que generaba un impacto inmediato en el puntaje escalafonario de la actora. Por eso, propusieron suspender las normas impugnadas únicamente respecto de la docente, sin alterar el cronograma general.

El abogado de la docente, Sebastián Ferreyra Negri, celebró el voto minoritario y destacó la “solvencia técnica y valentía institucional” de las juezas Grillo y Valle. 

Por otra parte, sostuvo que el criterio de la mayoría deja a su representada “desprotegida […] frente a la inminente afectación de su carrera y puntaje escalafonario”.

Con el expediente declarado como “autos de puro derecho”, el Superior Tribunal se encamina a dictar una sentencia que definirá si el nuevo sistema de puntaje docente se ajusta o no a derecho.-

0 comentarios:

Publicar un comentario

Espacio Publicitario | Área de Anunciantes

MICRO COMERCIAL - ALOHA PILCHERÍA

MICRO COMERCIAL - TIENDA EL ONCE

MICRO COMERCIAL - EL GALPÓN DE LAS OFERTAS

MICRO COMERCIAL - ÓPTICA DEL SOL

MICRO COMERCIAL - ACTITUD POSITIVA

MICRO COMERCIAL - ACTITUD POSITIVA

MICRO COMERCIAL - AUTOSERVICIOS ADLIN

MICRO COMERCIAL - SHIO INDUMENTARIAS

MICRO COMERCIAL - TÉCNO COMUNICACIONES

MICRO COMERCIAL - ROTISERIA NUEVAS COSTUMBRES

MICRO COMERCIAL - MARTA REVENDEDORA

MICRO COMERCIAL - JOTA ROCK REMERAS

MICRO COMERCIAL - SALDAÑA SIN TACC

MICRO COMERCIAL - PUNTO ÓPTICA

Espacio Publicitario | Área de Anunciantes