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martes, 11 de junio de 2019

NIKISCH: “EL AUMENTO DE SUELDO DEL 30% PARA EL GOBERNDOR Y SUS FUNCIONARIOS ES ARBITRARIO



El diputado Roy Nikisch presentó a la Cámara de Diputados la Resolución Nº 2569/19 donde solicita al Ejecutivo que explique a la Legislatura los motivos de establecer mediante Decreto 2983/18 “un aumento de sueldo del 30% al gobernador y sus funcionarios mediante una inconcebible Bonificación por Responsabilidad Funcional, la cual es arbitraria. 

Con esta medida el gobernador está violando la Constitución Provincial al no enviarlo a esta Legislatura para su tratamiento ya que es quien debe decidir su ratificación o rechazo”. 

“Fue firmado el 17 de diciembre de 2018 por lo que considero que se ha superado el tiempo razonable en el cual se debía dar cuenta sobre el mismo. 

El Ejecutivo se ha tomado atribuciones legislativas que no le corresponde otorgándose un aumento que es un contrasentido frente a la situación social que estamos viviendo”, subrayó. 

En los fundamentos de la Resolución Nikisch se basa en el Artículo 141, (inc. 18) de la Constitución de la Provincia del Chaco, donde, entre los deberes y atribuciones del Gobernador sostiene que: En casos de extrema necesidad y en receso de la Legislatura, podrá efectuar gastos impostergables o no previstos en la Ley General de Presupuesto, y deberá en esos casos dar cuenta en forma inmediata a la Cámara.” 

Además el Artículo 142 menciona que el Gobernador “no podrá dictar decretos por los que se atribuya facultad legislativa alguna, con excepción de lo señalado precedentemente”. 

“La sorprendente e inconcebible Bonificación para sus funcionarios se tuvo que haber tratado en el reciento si era dable atribuirse una facultad legislativa para crear tal beneficio. ¿Cuáles fueron sus razones, necesitaba hacer emerger responsabilidades que antes no las había, esa cualidad no va implícita al asumir una persona un cargo público?. 

Por otra parte “la de derecho a la información pública sostiene que todas las actividades de los órganos públicos estarán sometidas al principio de publicidad de sus actos y los funcionarios deberán prever una adecuada publicación, asegurando un fácil acceso de la información, pero el Decreto 2983/18 no publicado en el Portal Oficial del Gobierno del Chaco como correspondería”, expresa entre otros conceptos Roy Nikisch.-

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