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martes, 11 de agosto de 2026

El STJ rechazó un reclamo de la Cooperativa de Tirol y Sameep se encargará del servicio de agua

A partir de que quedó firme la reversión de la concesión, la empresa estatal se encargará de la distribución y de ampliar las prestaciones.

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad presentado por la Cooperativa de Provisión de Agua Potable, Otros Servicios Públicos y Vivienda Puerto Tirol Limitada contra la sentencia 284/25 de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones Civil y comercial de Resistencia.

Además declaró mal concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal contra la resolución. La medida tuvo lugar en la acción de amparo acción presentada por la empresa Servicio de Agua y Mantenimiento Empresa del Estado Provincial (Sameep).

Con la sentencia quedaron firmes los pronunciamientos de primera instancia y alzada que confirmaron la validez del decreto provincial 1728/24 que dispuso hacer uso del derecho de reversión de la concesión ejercida por la Cooperativa y encomendó a Sameep la continuidad y ampliación de las prestaciones del servicio. 

Debido a esto la empresa solicitó que se hiciera efectiva la entrega inmediata de las redes de distribución y de recolección de efluentes, cisternas y tanques elevados mantenidas bajo su control.

Fundamentos

Al fundamentar su decisión sobre la sentencia 309/26 de la Secretaría Contencioso Administrativa N° 1, las juezas y jueces del STJ: Iride Isabel María Grillo, Víctor del Río, Emilia Valle, Enrique Varela y Alberto Mario Modi sostuvieron que el tribunal "no consideró a la potestad de reversión como un ámbito exento de juridicidad. 

Por el contrario, verificó los componentes reglados de la decisión así como su vinculación con la finalidad de interés público que justificó el ejercicio de la prerrogativa". Una vez que comprobó tales extremos "y descartada la arbitrariedad, la ponderación acerca de la oportunidad de hacer uso de la reversión quedó comprendida dentro del margen de apreciación atribuido constitucionalmente a la Administración, sin que corresponda sustituir ese juicio por el criterio del órgano jurisdiccional".

A continuación indicaron: "las reglas propias de las concesiones tampoco autorizan a inferir, a partir del convenio invocado, un derecho implícito a la permanencia indefinida en la prestación. 

La interpretación de las concesiones debe partir del fin de interés público que dio origen a la contratación y que, frente a cláusulas ambiguas, debe atenderse a la mejor prestación del servicio y al mejor logro del interés comprometido. 

Asimismo, debe destacarse que los privilegios o exenciones del concesionario son de interpretación estricta y que las cláusulas concesionales no deben entenderse como atributivas de derechos implícitos, los que deben resultar expresamente reconocidos".

"La recurrente reitera la vigencia del convenio y niega la existencia de una concesión de hecho, pero no demuestra de qué manera aquel instrumento excluiría la potestad de reversión prevista en el art. 54 de la Constitución Provincial ni rebate el razonamiento mediante el cual la Cámara compatibilizó el vínculo convencional invocado con el régimen constitucional aplicable", agregaron.

Más adelante afirmaron que la reiteración de que Sameep no intervino como parte en los convenios invocados ni es propietaria de las instalaciones "no demuestra el error constitucional atribuido al fallo ni desvirtúa la legitimación que la Cámara derivó de su condición de ente estatal y de la encomienda específica contenida en el decreto 1728/24".

Por último, en línea con el criterio del Procurador General "la adecuada fundamentación del recurso de inaplicabilidad de ley exige que se indique en qué consiste la infracción o inaplicabilidad denunciada, se intente su demostración y se impugnen las conclusiones del fallo que le sirven de sustento" y, en ese sentido, "la impugnación no contiene la refutación concreta y razonada de los fundamentos jurídicos independientes que sustentan la sentencia de Cámara, ni demuestra la infracción, falsa o errónea aplicación de la ley o doctrina legal que invoca, incumpliendo de ese modo los recaudos específicos exigidos para habilitar esta instancia extraordinaria".-

El Gobierno ordenó que extranjeros no residentes deben pagar su atención en hospitales de toda Argentina

Genera polémica la decisión del Gobierno de Milei de ordenar que todos los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en nuestro país empiecen a pagar las prestaciones no urgentes de salud en los hospitales de Argentina. 

La norma tiene su origen en el DNU 366/2025, el cual modificó la Ley de Migraciones. 

También especificaron que se les exigirá a los extranjeros con residencia permanente en Argentina que quieran usar los hospitales.

Los residentes permanentes tendrán el mismo acceso al sistema de salud nacional que los ciudadanos argentinos, pero los extranjeros no residentes deberán tener un seguro de salud al que el hospital podrá cobrarle el servicio o pagar antes la prestación. 

Las autoridades remarcaron, sin importar la situación migratoria de la persona, las emergencias serán atendidas.

De acuerdo al anexo de la norma firmada por el ministro Mario Lugones, al que tuvo acceso Clarín, se aclara que está “exceptuada de la aplicación del presente toda prestación sanitaria destinada a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida, para un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible en la salud de la persona”.

Qué se les pedirá a los residentes permanentes

El extranjero que mencione su condición de residente permanente en Argentina para usar el sistema de salud público nacional deberá mostrar, de manera obligatoria, en el área de admisión del hospital, su Documento Nacional de Identidad (DNI) físico para Extranjeros vigente, donde figure claramente indicada la categoría de “Residente permanente”.

Si la persona perdió ese documento, o lo tiene en trámite, puede presentar una Constancia de Residencia Permanente en Trámite, que emite, de forma digital, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), junto a su pasaporte vigente o el documento de identidad de su país de origen.

El Gobierno confirmó que las Universidades le pueden cobrar a los estudiantes extranjeros

El pasado 22 de julio, el Gobierno ratificó que las universidades le pueden cobrar a los estudiantes extranjeros. 

El encargado de informar sobre el tema fue el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, quien explicó que está vigente el DNU 366/2025 sobre la autorización dada a todas las universidades nacionales para cobrar a estudiantes provenientes de otros países.

Este texto afirma, en su artículo 35, que se sustituye el apartado 2° bis de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y sus modificatorias por el siguiente: 

“Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal serán gratuitos para todos los ciudadanos argentinos nativos o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país. 

La gratuidad implica la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos”.

Para luego remarcar que “las instituciones de educación superior de gestión estatal podrán establecer retribuciones por los servicios de educación para aquellos que no estuvieren incluidos en el párrafo anterior, conforme los términos del inciso c) del artículo 59 de la presente ley”.-

González y un tiro por elevación a Galperin: "Nosotros no medimos el comercio ilegal"

El presidente de Fechaco y dirigente de CAME defendió la medición mensual del comercio minorista y habló de Mercado Libre como una empresa "monopólica" y "subsidiada por el Estado", cuyos datos no representan la realidad federal.

"Algo me dice que el volumen de Mercado Libre es mayor a todo lo que mide la CAME". 

La afirmación de Marcos Galperin, fundador y presidente de la plataforma, el domingo tras conocerse datos negativos del Índice de Ventas Minoristas que elabora la entidad representativa de las pymes, generó una nueva polémica sobre la medición del consumo en el país. 

Pocas horas después, llegó la respuesta, no sólo técnica y metodológica, sino también gremial: "Nosotros no medimos comercio ilegal", sostuvo Alfredo González, presidente de Fechaco e integrante de la confederación.

"Alguien debería comparar el volumen de todo lo que mide la CAME vs el volumen que transacciona Mercado Libre Argentina que crece 38% en moneda constante el último trimestre. 

Algo me dice que el volumen de Mercado Libre es mayor a todo lo que mide la CAME y nadie parece tenerlo en cuenta al anunciar el estado del consumo", posteó Galperín, adjuntando los datos difundidos por CAME sobre ventas minoristas en baja durante julio (-3,8% interanual y -2,1% frente a junio), con un acumulado negativo en lo que va de este año del 2,7%.

En línea con un comunicado conjunto de Fechaco y CAME difundido ayer, González resaltó en diálogo con NORTE que el cuestionamiento del empresario que lidera la plataforma de comercio digital tiene una base errónea, ya que "son dos mediciones distintas", porque el índice de CAME toma datos de los comercios de cercanía y de locales que hacen ventas presenciales, cuando él mide (con Mercado Libre) datos con una plataforma casi monopólica, en la cual por ejemplo tiene un volumen mínimo de ventas de supermercados".

Así, recordó que la muestra que toma CAME cada mes para conformar su índice se apoya en unos 1.200 comercios minoristas ubicados en los 24 distritos del país. "Se mide la mayor parte del territorio argentino con siete rubros", ponderó, y recordó la trayectoria de 20 años haciendo este relevamiento.

En esa línea, defendió la calidad técnica de la medición y fue más allá: "Nosotros medimos comercio legal, mientras que él (por Galperín) mete todo en un solo dato, porque en su plataforma hay gente que compra y vende de manera ilegal. Hay gente que no factura. Son otros productos y realidades".

"Hemos tenido auditorías en distintos gobiernos con respecto al índice y a la técnica que se usa", afirmó el dirigente chaqueño, destacando el aval oficial a la medición. Por eso, aseguró que declaraciones como las del magnate de los negocios digitales "no hacen mella en la credibilidad ni el trabajo profesional del equipo estadístico de CAME".

Datos negativos

Por último, acerca de las ventas minoristas de julio, González alertó que reflejan que "las empresas privadas están diciendo que los datos son negativos, algo que también se traduce en la caída de la recaudación".

"Hay dos trayectorias e intereses totalmente distintos", marcó con respecto a la medición de CAME y al registro de ventas de Mercado Libre, y contrastó: "Lo nuestro es meramente estadístico y refleja una realidad de la economía pyme argentina, mientras que lo que refleja Galperin es lo que ocurre con una empresa del sector privado".

Casi monopólica y subsidiada

González marcó además que la plataforma argentina de comercio electrónico es "una empresa casi monopólica y una de las pocas, si no es la única en el país, que está subsidiada con fondos del Estado". Por eso consideró que la visión y la opinión de su CEO bien podría estar sesgada y no representar lo que ocurre en la realidad del país.
Fechaco y CAME ratificaron la solidez técnica del indicador

La Federación Económica del Chaco (Fechaco), como integrante de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), rechazó ayer las controversias planteadas públicamente en torno al Índice de Ventas Minoristas y destacó la rigurosidad y continuidad de la metodología utilizada por la entidad nacional.

En un comunicado que NORTE replicó ayer, desde Fechaco señalaron que el planteo difundido en algunos medios nacionales parte de una comparación entre dos universos que no son equivalentes. 

El Índice de Ventas Minoristas de CAME no busca medir el consumo total del país ni la facturación del comercio electrónico, sino relevar la evolución real de las ventas de los comercios minoristas pyme de todo el territorio nacional, ajustada por inflación a partir del IPC del Indec.

El indicador cuenta con más de 16 años de continuidad, un universo definido a partir de criterios normativos de la Secretaría PyME y contempla seis rubros que representan cerca del 90% del comercio minorista pyme, con ponderaciones construidas sobre datos de ARCA.

Dos indicadores, dos realidades

"Comparar el volumen de operaciones de una plataforma de comercio electrónico con el Índice de Ventas Minoristas de CAME implica poner en relación indicadores que miden fenómenos diferentes", explicaron mediante un comunicado desde Fechaco.

El relevamiento de CAME contempla principalmente al comercio de cercanía y a las pymes que desarrollan su actividad en ciudades de todo el país: kioscos, ferreterías, panaderías, comercios barriales y establecimientos de localidades del interior, entre otros.

En este sentido, el crecimiento del comercio electrónico puede responder a una mayor participación de determinadas plataformas, cambios en los canales de compra o concentración de mercado, sin que ello implique necesariamente una mejora en el desempeño del conjunto de las pymes comerciales.

Por eso, remarcaron que el crecimiento de una plataforma de e-commerce y una contracción de las ventas del comercio minorista pyme pueden coexistir, ya que se trata de universos diferentes.-

Zdero firmó con Unicef un compromiso a favor de los niños y adolescentes

Habrá cooperación y trabajo conjunto orientado a fortalecer acciones vinculadas con el bienestar, desarrollo y protección de derechos.

El gobierno del Chaco y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) suscribieron este lunes un Memorándum de Entendimiento (MDE) que establece un marco de cooperación y trabajo conjunto orientado a fortalecer acciones vinculadas al bienestar, el desarrollo y la protección de los derechos de niños y adolescentes.

El acuerdo fue firmado por el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, acompañado por el secretario de Asuntos Estratégicos, Marcos Resico, y la representante de Unicef, María Elena Úbeda Castillo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

El entendimiento establece mecanismos de articulación entre ambas partes para el desarrollo y seguimiento de las actividades que se definan en el marco de esta cooperación.

El Memorándum contempla que Unicef y el gobierno provincial puedan avanzar posteriormente en acuerdos específicos para implementar distintas actividades, donde se establecerán las funciones y responsabilidades de cada parte, así como los aspectos vinculados a las acciones previstas.

Asimismo, ambas instituciones designarán responsables para el seguimiento y la gestión de la asociación y podrán conformar grupos de trabajo integrados por representantes de ambas partes, con el objetivo de supervisar el desarrollo y la ejecución de las actividades.

El acuerdo establece como objetivo central que Unicef y el gobierno del Chaco trabajen de buena fe para alcanzar objetivos comunes vinculados al desarrollo integral y la protección de las infancias y adolescencias.

Entre las áreas prioritarias se encuentra garantizar que niños y adolescentes, especialmente durante la primera infancia, crezcan en entornos saludables y accedan de manera equitativa a servicios integrales que promuevan su salud física, nutricional y bienestar emocional.

También se plantea fortalecer el acceso a los aprendizajes fundamentales y al desarrollo de habilidades para la vida y el trabajo, con especial atención en los niños y adolescentes más vulnerables y aquellos que se encuentran fuera del sistema educativo.

Otro de los ejes será contribuir a la reducción de la pobreza infantil y al fortalecimiento de sistemas integrales de protección social, mediante políticas públicas sostenibles, intersectoriales y centradas en la infancia y la adolescencia.-

lunes, 10 de agosto de 2026

Por el terremoto en Colombia, se suspendió el partido entre River e Independiente Santa Fe

El encuentro entre el Millonario y el elenco de Bogotá, correspondiente a los octavos de final de la Copa Sudamericana, estaba pautado para el miércoles

Colombia atraviesa un delicado momento luego del terremoto de magnitud 7,4 con epicentro en el departamento del Chocó, que tuvo lugar en la jornada del lunes. 

Por este motivo, se suspendió el encuentro entre River Plate e Independiente Santa Fe por los octavos de final de la Copa Sudamericana, pautado para el miércoles 12 de agosto en El Campín de Bogotá.

Colombia atraviesa un delicado momento luego del terremoto de magnitud 7,4 con epicentro en el departamento del Chocó, que tuvo lugar en la jornada del lunes. 

Por este motivo, se suspendió el encuentro entre River Plate e Independiente Santa Fe por los octavos de final de la Copa Sudamericana, pautado para el miércoles 12 de agosto en El Campín de Bogotá.

Conmebol confirmó la suspensión del partido mediante un comunicado oficial. “La Confederación Sudamericana de Fútbol – CONMEBOL- expresa su más profunda solidaridad con el pueblo colombiano ante el devastador terremoto que ha afectado al país en el día de hoy. 

Acompañamos con profundo pesar a las familias de las personas fallecidas y heridas, así como a todas aquellas que han resultado afectadas por esta tragedia”, destacó la Casa Madre del fútbol sudamericano.-

Por el terremoto en Colombia, Cancillería confirmó que Argentina se ofreció "para brindar la asistencia"

"Hasta el momento, no se registran ciudadanos argentinos entre las víctimas", señaló el canciller Pablo Quirno.

El gobierno nacional, a través de su canciller Pablo Quirno, ofreció ayuda a Colombia tras la tragedia provocada por el terremoto en ese país. 

Quirno manifestó, mediante redes sociales, "la disposición de la Argentina para brindar la asistencia que resulte necesaria" .

"Nos encontramos en contacto con las autoridades colombianas, a quienes hemos transmitido la disposición de la Argentina para brindar la asistencia que resulte necesaria", sostuvo el funcionario nacional.

"Asimismo, mantenemos comunicación con nuestra representación consular y, hasta el momento, no se registran ciudadanos argentinos entre las víctimas", agregó.

Por eso, "expresamos nuestra solidaridad con el pueblo y el Gobierno de Colombia ante el terremoto ocurrido hoy, y hacemos llegar nuestras condolencias a las familias de las víctimas y nuestra solidaridad a todos los afectados". "Nuestro abrazo a todo el pueblo colombiano en este difícil momento", completó.

El terremoto fue de magnitud 7,4, se dio en el oeste del país y afectó a distintos departamentos del territorio, dejando, al menos, 111 personas fallecidas, 87 heridas y 1.575 viviendas afectadas.

Por último, el canciller argentino dejó datos de contacto para ciudadanos argentinos en Colombia: el teléfono es +57 601 288 0900/Celular de emergencia +57 316 875 9292; el correo electrónico es consulares_ecolo@cancilleria.gov.ar.-

Aradas propone multar a los vecinos que quemen residuos en Resistencia

El presidente del Concejo Deliberante de la capital advirtió que crecieron las denuncias por esta práctica en distintos barrios y adelantó que impulsarán cambios en el Código de Faltas. 

El objetivo es establecer sanciones específicas para desalentar una conducta que genera humo, contaminación y molestias.

Ante el aumento de denuncias por quema de residuos en distintos barrios de Resistencia, el presidente del Concejo Municipal, Alejandro Aradas, adelantó que buscarán modificar el Código de Faltas para incorporar multas específicas contra quienes realicen este tipo de prácticas.

"Cada vez son más los vecinos que denuncian quemas de basura en los barrios. Hoy esta conducta no está tipificada con multas en el Código de Faltas, pero los daños y las molestias que genera son cada vez mayores", señaló Aradas.

Según explicó el titular del Concejo, actualmente la normativa municipal no contempla una sanción específica para estas situaciones, pese a que los reclamos se multiplican en diferentes sectores de la capital chaqueña.

Ante el aumento de denuncias por quema de residuos en distintos barrios de Resistencia, el presidente del Concejo Municipal, Alejandro Aradas, adelantó que buscarán modificar el Código de Faltas para incorporar multas específicas contra quienes realicen este tipo de prácticas.

"Cada vez son más los vecinos que denuncian quemas de basura en los barrios. Hoy esta conducta no está tipificada con multas en el Código de Faltas, pero los daños y las molestias que genera son cada vez mayores", señaló Aradas.-

Según explicó el titular del Concejo, actualmente la normativa municipal no contempla una sanción específica para estas situaciones, pese a que los reclamos se multiplican en diferentes sectores de la capital chaqueña.-

Causa Exen: formalizaron las imputaciones contra los tres detenidos

Federico Clinis y Mauro Lugo están acusados por lavado de activos agravado, mientras que Yamil Gane, por lavado simple. 

La Fiscalía estima que fueron destinados más de $2.500 millones en los gimnasios.

El Juzgado Federal N°1 de Resistencia formalizó este lunes la imputación contra las tres personas detenidas en la causa por presunto lavado de activos a través de la cadena de gimnasios Exxen.

En tal sentido, Federico Alejandro Clinis Canal y Mauro Emmanuel Lugo Heim quedaron acusados por el delito de lavado de activos agravado por habitualidad y por haberse concretado de manera organizada, mientras que Yamil Gabriel Gane, por el delito de lavado de activos.

Además, la investigación fiscal llevada adelante por Patricio Sabadini estima que en total, fue destinada una suma total de $2.523.133.200 solamente para el acondicionamiento e infraestructura de sus seis establecimientos, ubicados cuatro en Resistencia, uno en Barranqueras, y el restante en la ciudad de Corrientes.

Según trascendió, la investigación avanzó a partir de la declaración de un arrepentido que atribuyó el vertiginoso crecimiento del conglomerado económico con fondos provenientes del narcotráfico.

Además de los tres imputados detenidos, la Justicia continúa la búsqueda de Nicolás Clinis Canal, indicado como CEO de la empresa, y su madre, María Graciela Canal, quienes permaneces prófugos, con sendas órdenes de captura internacional libradas por Interpol.-

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