“Sostener el rol institucional del Concejo y que no se impida el control sobre el uso de los recursos públicos municipales”, fue uno de los fundamentos plasmados en la presentación judicial realizada por las y los concejales de Resistencia Carlos Salom, Alicia Frías, María Teresa Celada, Carla Cantero y Fabricio Bolatti.
Los ediles que vienen cuestionando la forma o procedimiento legislativo realizado en la última sesión ordinaria del Concejo Municipal de fecha 30 de diciembre de 2020, señalaron en un parte de prensa que, finalmente, acudieron al Superior Tribunal de Justicia para solicitar se revisen los hechos y actos legislativos desarrollados, ya que de los mismos surge la hoy vigente Ordenanza 13.476, cuyo título refiere al Presupuesto General del Municipio para el año en curso 2021.
Pero la previsión de ingresos públicos y su asignación no fueron los únicos puntos que ocuparon y preocuparon a Salom, Frías, Celada, Cantero y Bolatti, cinco de los once miembros que integran el Cuerpo del Concejo, sino que también alertaron sobre el contenido jurídico de la iniciativa oficial.
Observaron que “se incorporaron artículos de cuya aplicación y efectos nace el otorgamiento de facultades extraordinarias al intendente o titular del Ejecutivo Municipal, las que corresponden y constituyen facultades otorgadas originalmente al Concejo, lo que está expresamente prohibido y contradice principios y garantías de alto rango, como la Constitución Provincial en su artículo 5, donde establece que ‘los poderes públicos no podrán delegar sus atribuciones, …tampoco podrán arrogarse, atribuir, ni ejercer más facultades’; o la Carta Orgánica de Resistencia en su artículo 122, dejando claro que ‘…las autoridades del Gobierno Municipal no ejercerán otras atribuciones que las que la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica les confieren. No se les concederán por motivo alguno, facultades extraordinarias, ni delegarán en otras los poderes específicos de cada una’.”
“Nuestra realidad nos dice que esta ilegal delegación de poderes está vigente y en pleno ejercicio por el Intendente, cuya existencia cuestionamos porque surgen de una norma que nace del incumplimiento del procedimiento legislativo establecido; también denunciamos el contenido o normativa que surge de su articulado”, expresaron.
‘Contra de la Constitución y la Carta Orgánica’
Los concejales señalaron que la Ordenanza 13.476, no sólo tiene vicio de origen, sino que también otorga facultades extraordinarias al intendente – las que originalmente incumben al órgano legislativo -, por ejemplo, la facultad de aprobar y modificar el “Presupuesto Municipal”, lo que significa la función de asignar recursos futuros del Municipio.
”Facultad de mucha importancia porque lo que se está concretando es una ‘autorización para gastar e invertir’ hasta el monto determinado, además de representar la planificación, autorización de uso, y posterior control en la administración de los fondos públicos”, remarcaron.
”Tras la entrada en vigencia de esta norma – ahora denunciada – el intendente pasa a:
• autorizarse a sí mismo el nivel de afectación de recursos
• puede cambiar el destino de los fondos
• no rigen los límites o monto máximos autorizados, ya que puede ampliarlas o crear nuevas partidas, lo que incluye la facultad de asignar los mayores ingresos que pudieran darse”, indicaron.
”Con ello queda sin sentido y sin utilidad el rol de la planificación del uso de los recursos – la que además debe hacerse con participación de la comunidad – su ejecución dentro de las autorizaciones y su posterior control. También pasa a ser letra muerta la necesidad de tener autorización previa del Concejo, para realizar compensaciones entre partidas principales”, apuntaron más adelante los ediles.
”Todas las exigencias o reglas que establece la Constitución y se reflejan en la Carta Orgánica de la Ciudad, son parte y funciones necesarias para la organización en un sistema republicano, donde el “equilibrio de poderes” está destinado a evitar abusos y concentración de facultades en uno de ellos, por sobre otro u otros de los componentes del Estado o departamentos, como en el caso del Municipio de Resistencia”, recalcaron en un documento.
“Hay que recordar que el poder delegado se ejerce sobre la comunidad, sobre sus bienes y derechos, y estas garantías están siendo claramente vulneradas”, concluyeron los concejales denunciantes.-
FUENTE: www.chacodiapordia.com
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